Normativa para la navegación en los polos - mesemar

Normativa para la navegación en los polos

Publicado el jueves, 06 octubre de 2016

En Mesemar nos dedicamos a guiarle en el mar y para ello nuestro trabajo no sólo consiste en la creación y fabricación de diferentes elementos de señalización marítima sino también en informaros sobre diferentes novedades marítimas como puede ser el código que entrará en vigor el próximo 1 de enero sobre la navegación en los polos ya que la Organización Marítima Internacional (que es una agencia de la ONU) consiguió aprobarla hace un tiempo.

Esta decisión vino derivada del incremento de la navegación de diferentes buques que atraídos por el deshielo producido por el cambio climático en zonas del océano Ártico. El nuevo Código Polar de IMO se deberá aplicar desde el día de año nuevo.

Dicho código y según palabras textuales del organismo “marca un hito histórico en la labor de la IMO proteger a los buques y las personas a bordo de los mismos, tanto a los marinos y pasajeros, en el duro entorno de las aguas que rodean a los dos polos”.

Dicha normativa abarca todas las cuestiones relacionadas con el transporte marítimo en las aguas que rodean los polos, desde el equipamiento necesario en los buques, el diseño de éstos y su construcción. Incluso también se marcan pautas de la tripulación de dichos buques.

Si debemos señalar ciertas áreas de la normativa, cabe destacar la importancia que se le da a la protección de los paisajes y ecosistemas polares, poniendo especial hincapié en la posible contaminación de los buques.

El código obligará a los busques que transiten por aguas árticas y antárticas a solicitar un certificado de “nave polar” el cual proporcionará una clasificación a las embarcaciones en función de la seguridad que ofrezcan ante la navegación en dichas aguas. La emisión de este certificado implicará una evaluación donde se tendrán en cuenta todos los rasgos en el funcionamiento del buque y cómo podría afrontar cualquier problema en aguas polares. Dicha evaluación también hablará de limitaciones del buque en ciertas operaciones, procedimientos o limitaciones de seguridad para que la tripulación la tenga siempre en cuenta y estar pendiente así de las posibles consecuencias ambientales.

Obviamente lo primordial en el código es la seguridad de los buques que navegues en zonas polares duras, vulnerables y remotas donde también cuenta mucho la protección del ambiente ya que cada invasión en estos espacios implica un gran peligro para las naves, pero también para el entorno natural que se ve perjudicado por el cambio climático.

Las tendencias actuales indican que el transporte marítimo polar aumentará tanto de volumen como de espacio marítimo por explorar cosa que se deberá realizar sin comprometer en ningún momento la seguridad de la vida marítima, la sostenibilidad del entorno polar y las vidas humanas.

En el polo las condiciones son extremas y los buques estarán sometidos a situaciones de riesgo alto. Las posibles malas condiciones meteorológicas y la relativa falta de buenos gráficos, ayudas a la navegación o sistemas de comunicación (que se ven afectados por las condiciones extremas) plantean problemas a los navegantes. El principal problema de las aguas polares es que la lejanía con las áreas de rescate o la complicación de las posibles tareas u operaciones hace muy difícil y costoso esas posibles ayudas.

La decisión de desarrollar dicho código de obligación pretende que se aborden todas las disposiciones necesarias para mejorar las condiciones de navegación, estar más preparados a las posibles condiciones, cumplir la seguridad marítima y prevenir la contaminación que continúa alimentando al cambio climático.

Desde MSM hemos considerado oportuno comentar dicho tema que por fin se podrá en vigor en breves pero que ha llevado años de planificación, negociación y análisis para poder así ofrecer más seguridad para la navegación en aguas polares.

La seguridad marítima es un tema de suma importancia y que desde siempre, ha sido motor de Mesemar.

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